lunes, 14 de julio de 2014

DICTAMEN DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

Dando lectura a un acuerdo cuyo objetivo es evitar que se margine de programas de beneficio social a familias sólo por el hecho de que la zona donde está ubicada su vivienda es denominada “fraccionamiento”:



ANTECEDENTES:
Cuando alguien efectúa trámites para beneficiarse de los programas y proyectos de la política social, se les ha negado su inclusión en algunos casos, debido a que en la casilla de domicilio que contiene el formulario, manifiestan que viven en un fraccionamiento; caso contrario a aquellos que viven en una colonia, entendiendo por fraccionamiento, a los conjuntos habitacionales que previo a su construcción se dividen por lotes, con la infraestructura necesaria para determinados servicios públicos propios de la urbanización y vías de acceso.

Un ejemplo claro y palpable esta situación que se genera en todo el territorio nacional, es la edificación de viviendas de interés social y popular, que en el caso de la Capital de esta Entidad Federativa se puede apreciar en los conjuntos habitacionales conocidos como Campo Bello, al norte de la ciudad y que colinda con el Campus II de la Ciudad Universitaria, pues al consultar en la página Web del Servicio Postal Mexicano se aprecia que sus cinco etapas son catalogadas como fraccionamiento, cuando en realidad corresponden a las conocidas como colonias de las primeramente señaladas.

ACUERDO:
La Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado de Chihuahua, solicita a la Secretaría de Desarrollo Social de Gobierno Federal, a la correlativa del Poder Ejecutivo Estatal y a los ayuntamientos de los sesenta y siete municipios que conforman esta Entidad Federativa, tengan a bien determinar las medidas de capacitación al personal que colabora en el diseño y ejecución de los programas de orden social, a fin de asegurar la inclusión de los sujetos de derecho que cumplan con los requisitos que establece la normatividad, así como eliminar las prácticas que impiden el acceso a los programas por razón de la ubicación de su domicilio en un fraccionamiento o en otro concepto urbanístico en que se encuentra la vivienda.

viernes, 11 de julio de 2014

A LOS ABOGADOS CHIHUAHUENSES


La justicia es uno de los bienes más preciados de la historia de las comunidades humanas.

Ser justos e intermediar por la justicia son tareas que los abogados chihuahuenses portan como una norma ética fundamental en el ejercicio de su muy noble profesión.

La abogacía es una elevada responsabilidad social imprescindible en una sociedad que se sabe libre y se quiere democrática.

“Hacer justicia” es la proclama histórica y cultural de la que procedemos y que está presente en la vida cotidiana de todos los grupos, familias y personas que integran nuestra sociedad.

Por ello, me permito felicitar a todos los abogados de nuestro estado, haciendo votos porque los valores de la justicia engrandezcan el profesionalismo y la responsabilidad moral de quienes ejercen esta noble profesión.


12 de julio de 2014.

martes, 10 de junio de 2014

REFORMA AL CODIGO PENAL DEL ESTADO



Hoy presenté una iniciativa de Reforma al Artículo 236 bis del Código Penal del Estado de Chihuahua con el propósito de inhibir las pintas ó inscripciones en bienes ajenos:


[...] "Al que por cualquier medio, sin importar el material o instrumento que utilice, plasme, pinte, grave, tinta o imprima signos, mensajes o dibujos sobre bienes muebles e inmuebles de propiedad privada o pública que altera su presentación original, sin el consentimiento de quien legalmente esté facultado para otorgarlo se le sancionará:

Se propone:

I. De seis meses a 1 año de prisión o trabajo comunitario, de 120 a 240 horas y multa hasta por 20 días; multa cuando el monto del daño no exceda de 20 veces el salario mínimo vigente; y

II. De ocho meses a 1 año de prisión o trabajo comunitario de 200 a 300 horas y multa hasta por 60 días;  multa cuando el monto del daño exceda de 20 veces el salario mínimo vigente.

Aplicará esta misma sanción a aquel individuo que incite, promueva, o facilite a personas menores de edad los medios necesarios para llevar a cabo este delito".

miércoles, 21 de mayo de 2014

INICIATIVA DE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO








En la sesión que hoy celebramos en esta Heroica Ciudad Juárez, caracterizada entre otras cosas, por sintetizar la diversidad cultural, étnica, lingüística y política de México, encuentro la ocasión propicia para presentar esta Iniciativa de reforma constitucional, a fin de incorporar en su texto la identidad plural de los chihuahuenses que permita reconstruir los símbolos que deben representar a las instituciones públicas del Estado.

 

Esta propuesta se enmarca en el Año del Centenario del natalicio de Octavio Paz, el intelectual, poeta, ensayista, diplomático y editor cultural más importante de la historia mexicana.

 

Octavio Paz introdujo en la cultura mexicana la idea de “pluralidad”.

 

Tal vez por eso, se le conoce como el escritor de la conciliación. Su obsesión crítica nos ha legado una enseñanza fundamental: no olvidar la historia sino trascenderla de un modo creador, es decir, trascender el binomio de sentirnos menos y de creernos más.

 

Histórica y geográficamente el Estado de Chihuahua se forjó en la diversidad. Las complicadas realidades del entorno nos obligaron a tejer vínculos de solidaridad para sobrevivir mediante un esfuerzo superior de trabajo y productividad, para lograr vivir con dignidad.

 


La identidad plural del Estado de Chihuahua engloba todas las diferencias, pero no para perdernos en lo distinto, sino para hacer de ello la búsqueda constante del diálogo fraterno y constructivo.

 

Esta iniciativa de reforma incluye el concepto de “identidad plural” como el fundamento filosófico de la sociedad y del Estado chihuahuense, ya que actualmente en el Artículo 1º de la Constitución Política del Estado de Chihuahua se establece el principio fundamental y fundacional de la diversidad.

 

Sin embargo, debo decir que aún falta agregar el concepto de pluralidad que concilie a los diversos y refuerce una identidad de la que se deriven las normas secundarias para regular la simbología que refleje dicha pluralidad.

 

De este modo, estaremos en condiciones de legislar en materia de imagen institucional y en la unidad simbólica que represente a nuestro Estado y sus instituciones como comunidad democrática.

 

Mediante una reforma efectuada en agosto de 2012, el Artículo 1º de nuestra Constitución estableció que “El Estado de Chihuahua es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos y posee una composición pluricultural, pluriétnica y multilingüistica”.

 

Esta iniciativa contiene la propuesta de adicionar el texto vigente para enriquecer la visión fundamental de lo que somos.

 


 

Elevar a rango constitucional el concepto de “identidad plural” y establecer la obligación de las instituciones públicas estatales y municipales de tener una imagen común, corresponde con la exigencia ética y social de reforzar el sentido de unidad chihuahuense.

 

La identidad, son los rasgos que definen lo que somos.  No es correcto, que las imágenes de nuestras instituciones se estén modificando a discreción, muchas veces con fines propagandísticos ó de ego en favor de grupos, personas ó partidos.

 

No es tampoco responsable, que por las razones anteriores, cada administración dedique recursos para borrar la imagen de la anterior y plasmar ahí la suya.

 

Hay que separar la lucha política con la institucionalidad del poder público...

Las instituciones estatales y municipales se unirían en una imagen compartida. Dejando claro así, que se gobierna para todos, sin lemas, símbolos ó colores particulares.

Esta reforma constitucional aporta un cimiento sólido para construir a partir de ella, las normas secundarias correspondientes.


 

Por lo anteriormente expuesto y fundado me permito someter a la consideración de este Alto Cuerpo Colegiado la presente Iniciativa con carácter de:

 

DECRETO

 

ARTÍCULO ÚNICO. Se ADICIONA un segundo párrafo al artículo 1° de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para quedar redactado en los siguientes términos:

 

ARTÍCULO 1º. El Estado de Chihuahua es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos y posee una composición pluricultural, pluri-étnica y multilingüística. 

La identidad plural de la sociedad chihuahuense será reflejada en una imagen institucional única para los poderes públicos del estado y de los municipios, sin perjuicio de las identidades regionales de los gobiernos municipales en los términos que fije la ley. Ésta regulará las características de los símbolos del Estado y definirá las reglas de las imágenes institucionales de los municipios. En todo caso, el escudo y el lema del Estado estarán integrados a las imágenes de los municipios.


 

T R A N S I T O R I O S

 

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de octubre del año 2016.

 

SEGUNDO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 202 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, envíese copia de la iniciativa y de los debates del Congreso a los Ayuntamientos de los sesenta y siete municipios que integran el Estado y, en su oportunidad, hágase el cómputo de los votos de los ayuntamientos y la declaración de haber sido aprobada la reforma a la Constitución del Estado.

 

D A D O en el Recinto Oficial del Poder Legislativo en la Heroica Ciudad Juárez, Chihuahua a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil catorce.

 

 

DIPUTADA LAURA E. DOMÍNGUEZ ESQUIVEL



martes, 13 de mayo de 2014

A LOS MAESTROS




Las maestras y los maestros son guías de vida y esperanza.

No se puede vivir con dignidad sin el magisterio que nos recuerda lo que somos en el tiempo y en el espacio, en la geografía donde nos conocemos y nos reconocemos.

Darle su lugar al maestro y a la maestra es darle sentido a la existencia fundada en los valores humanos y en la igual dignidad de las personas. 

En el DÍA DEL MAESTRO, es de la mayor importancia saber que necesitamos saber. 

Saber para sabernos justos, pacíficos y libres.

Saber para sabernos importantes en la comunidad democrática que construimos cada día.

Sabemos que nunca es tarde para aprender. 

Aprender es prender la llama del gusto por el conocimiento, el inmenso goce del descubrimiento científico, literario y artístico.

En el DÍA DEL MAESTRO, conmemoramos a quienes nos abren las ventanas al universo de las ideas, a la pluralidad de voces del mundo, a la diversidad cultural de la humanidad.

A las maestras y maestros de Chihuahua, rindo un sensible reconocimiento a la tarea educativa que nos hace más humanos.


¡FELICIDADES!

viernes, 9 de mayo de 2014

PRESENTACION INICIATIVA LEY DE GUARDERIAS




“Lo que se les dé a los niños, lo regresarán a la sociedad cuando sean hombres.”


El 8 de Mayo de 2014 presenté al Congreso del Estado, la iniciativa de LEY PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. 

Dicha iniciativa contempla las bases para la apertura, operación y funcionamiento de los centros en los que se prestan servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil; los requisitos para la admisión de los niños, en donde destaca la obligación de reservar el 10 % de los espacios para quienes presentan algún tipo de discapacidad no dependiente, además de las condiciones de seguridad que deberán cumplir los inmuebles en los que se prestan los servicios.

Asimismo, establece la organización de un Sistema Estatal de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, como un mecanismo permanente  de coordinación, colaboración, concurrencia y concertación entre los diversos órdenes de gobierno, y los sectores social y privado, para promover mecanismos que permitan establecer políticas públicas y estrategias de atención a la infancia.


Contempla también, la incorporación de un Sistema de Información que contenga datos desagregados de los prestadores de servicios, para contar con un registro estatal que permita identificarlos de forma rápida, independientemente del modelo, tipo o modalidad que adopten para su operatividad y, 
los lineamientos que deberán cumplirse en el diseño, instrumentación, seguimiento y evaluación de la política pública que incida en la materia propia de regulación, pues con ello se garantiza la debida continuidad en cada  una de las actividades señaladas.

Los mantendré informados de la evolución de esta iniciativa.